Facturar a clientes en Canarias, Ceuta o Melilla desde la península es una operación habitual para muchos autónomos y pymes, pero a menudo genera dudas. A diferencia de una venta nacional, estas transacciones se consideran exportaciones a efectos de IVA, lo que implica un tratamiento fiscal específico. Entenderlo es clave para evitar errores con Hacienda.
¿Por qué es diferente facturar a estos territorios?
Aunque forman parte de España, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla no pertenecen al Territorio de Aplicación del IVA (TAI). Cuentan con sus propios impuestos indirectos:
* Canarias: Aplica el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC).
* Ceuta y Melilla: Aplican el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI).
Por este motivo, cuando vendes un producto o prestas un servicio desde la península a un cliente en estos territorios, la operación está exenta de IVA.
Pasos para emitir tu factura correctamente
Para asegurarte de que tu factura cumple con la normativa, sigue estos pasos:
1. Emite la factura sin IVA: El error más común es aplicar el tipo de IVA peninsular. La factura debe ir con un 0% de IVA. Tu cliente pagará el impuesto local correspondiente (IGIC o IPSI) al recibir la mercancía o el servicio.
2. Añade la mención legal obligatoria: Para justificar la exención, debes incluir una nota en la factura. La más habitual es: *"Operación exenta de IVA según el artículo 21 de la Ley 37/1992 del IVA."*
3. Distingue entre bienes y servicios:
* Venta de bienes: Al tratarse de una exportación, la mercancía debe pasar por la aduana. Necesitarás gestionar el Documento Único Administrativo (DUA) de exportación. Normalmente, la empresa de transporte o un agente de aduanas se encarga de este trámite, pero es tu responsabilidad asegurarte de que se realiza.
* Prestación de servicios: La regla general indica que el servicio se entiende prestado en la sede del destinatario. Si tu cliente es una empresa o profesional, la factura se emite sin IVA.
¿Cómo afecta la nueva normativa VeriFactu?
El tratamiento fiscal de estas operaciones no cambia, pero sí la forma en que tendrás que emitir y registrar tus facturas. Con la entrada en vigor de los sistemas VeriFactu, todas las facturas, incluidas las destinadas a Canarias, Ceuta y Melilla, deberán generarse con un software de facturación homologado por la AEAT.
Este sistema garantizará la integridad y trazabilidad de cada factura, enviando un registro a Hacienda casi en tiempo real. Los plazos de adaptación son:
* 1 de enero de 2027: Obligatorio para empresas y sociedades.
* 1 de julio de 2027: Obligatorio para autónomos y micropymes.
Es fundamental empezar a prepararse. Para ello, puedes consultar nuestra guía completa sobre [VeriFactu 2027: Plazos y Guía para Autónomos](/es/verifactu-2027). Utilizar un programa de facturación adaptado no solo te ayudará a cumplir con la ley, sino que también simplificará la gestión de casos especiales como las facturas de exportación.
En resumen, facturar a estos territorios es sencillo si recuerdas los tres puntos clave: factura sin IVA, mención legal de exención y gestión del DUA para bienes. Adelántate a los cambios y asegúrate de que tu sistema de facturación está listo para el futuro.