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Equipo Fakturia

¿Cómo deducir los gastos del vehículo si eres autónomo? Requisitos de la AEAT

Descubre cómo deducir los gastos de tu vehículo (IRPF e IVA) siendo autónomo en España. Conoce los requisitos de la Agencia Tributaria, la regla del 50% y cómo justificar correctamente cada gasto.

¿Cómo deducir los gastos del vehículo si eres autónomo? Requisitos de la AEAT

Una de las dudas más recurrentes para los autónomos es si pueden deducir los gastos de su vehículo: la compra, el combustible, el seguro, las reparaciones... La respuesta es sí, pero con matices muy importantes. La Agencia Tributaria es extremadamente estricta con este tema, y un error puede llevar a una inspección y a sanciones.

La clave de todo es el principio de afectación a la actividad económica. Para que un gasto sea deducible, el bien debe estar utilizado para generar ingresos. En el caso de un vehículo, Hacienda distingue claramente entre la deducción en el IRPF y en el IVA.

Deducción de gastos del vehículo en el IRPF

Para poder deducir cualquier gasto relacionado con tu vehículo en el IRPF (la compra, amortización, combustible, mantenimiento, etc.), la AEAT exige una afectación total y exclusiva a tu actividad profesional. Esto significa que no puedes usar el vehículo para fines privados en ningún momento.

Probar esta exclusividad es muy complicado para un turismo convencional. Sin embargo, la ley presume una afectación del 100% en los siguientes casos:

* Vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías.

* Vehículos para la prestación de servicios de transporte de viajeros (ej. taxi, VTC).

* Vehículos para la prestación de servicios de enseñanza (ej. autoescuelas).

* Vehículos utilizados por agentes comerciales o representantes colegiados para sus desplazamientos profesionales.

* Vehículos de vigilancia.

Si tu actividad no está en esta lista y usas un turismo normal, no podrás deducir ningún gasto en el IRPF. Hacienda considera que siempre existe la posibilidad de un uso privado.

Deducción del IVA del vehículo y sus gastos

La normativa del IVA es más flexible. La ley presume que, si utilizas el vehículo para tu actividad, está afecto al 50%. Esto te permite deducir:

* El 50% del IVA soportado en la compra del vehículo.

* El 50% del IVA de los gastos corrientes: combustible, reparaciones, peajes, parking, etc.

¿Es posible deducir el 100% del IVA? Sí, pero debes ser capaz de probar ante la AEAT que la afectación es total. Para ello, necesitarás pruebas contundentes como:

* Tener otro vehículo para uso exclusivamente personal.

* Rotular el vehículo con el logo de tu empresa.

* Registros de kilometraje, agendas de visitas a clientes o sistemas de geolocalización.

La importancia de la justificación y VeriFactu

Para deducir cualquier gasto, es imprescindible contar con una factura completa a tu nombre. Los tiques o facturas simplificadas solo sirven para justificar el gasto, pero no para deducir el IVA.

Además, con la inminente llegada de los sistemas de facturación verificables, el control sobre los registros contables será mayor. Recuerda que, como autónomo, deberás tener un software adaptado a la nueva normativa antes del 1 de julio de 2027. Una correcta gestión de tus facturas de gastos será fundamental para defender tus deducciones ante cualquier revisión. Para entender mejor los plazos y obligaciones, puedes consultar nuestra guía completa sobre VeriFactu 2027: Plazos y Guía para Autónomos.

En resumen, salvo que tu actividad te permita justificar una afectación exclusiva, la regla general es: 0% de deducción en IRPF y 50% de deducción en el IVA de los gastos de tu vehículo.

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