Con la fecha del 15 de septiembre de 2026, el panorama fiscal para autónomos y pymes en España está a punto de vivir dos transformaciones cruciales. Es habitual confundir la obligatoriedad de la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) con el sistema VeriFactu (Ley Antifraude), pero son dos normativas distintas con objetivos diferentes. Aclaramos las dudas para que puedas prepararte sin agobios.
¿Qué es la Factura Electrónica B2B (Ley Crea y Crece)?
El objetivo principal de esta ley es combatir la morosidad en las operaciones comerciales. Para ello, establece que todas las facturas emitidas en el ámbito de las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales (B2B) deben ser electrónicas.
- Objetivo: Luchar contra los retrasos en los pagos y digitalizar las transacciones empresariales.
- A quién afecta: A todas las transacciones B2B, es decir, entre autónomos y/o empresas. Las facturas a clientes particulares (B2C) quedan fuera de esta obligación específica.
- Requisito técnico: Las facturas deben emitirse en un formato electrónico estructurado (como Facturae) y deben poder ser intercambiadas a través de plataformas privadas interconectadas con la solución pública de facturación electrónica. Para saber más, consulta nuestra guía sobre la factura electrónica para autónomos.
¿Qué es el Sistema VeriFactu (Ley Antifraude)?
VeriFactu es la respuesta de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. No se centra en el formato de la factura, sino en el software que la genera. Su meta es garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de los registros de facturación.
- Objetivo: Evitar la doble contabilidad y la manipulación de facturas.
- A quién afecta: A prácticamente todos los autónomos y empresas, independientemente de si sus clientes son empresas (B2B) o particulares (B2C).
- Requisito técnico: El software de facturación debe estar certificado como "VeriFactu". Esto implica que cada factura genera un registro que se puede remitir a la AEAT, es inalterable y contiene un código QR que permite al cliente final verificarla.
Plazos de Implementación de VeriFactu
Los plazos se acercan rápidamente. ¡No lo dejes para el último momento!
- Empresas y entidades con facturación superior a 6 millones €: Ya deberían estar adaptadas.
- Resto de empresas y entidades: Obligatorio desde el 1 de enero de 2027.
- Autónomos y micropymes: Obligatorio desde el 1 de julio de 2027.
Puedes consultar todos los detalles en nuestra guía completa sobre los plazos de VeriFactu 2027.
Adaptación y Migración de tu Software
Ambas normativas te obligan a usar un software de facturación. Si aún usas herramientas no preparadas, es el momento de actuar. La transición implica desafíos técnicos:
- Desarrolladores: Necesitarán una pasarela VeriFactu para software o integrar una API VeriFactu para que sus programas se comuniquen con la AEAT.
- Empresas con sistemas propios: La integración ERP VeriFactu es un proyecto prioritario.
- Usuarios de software estándar: Deberás asegurarte de que tu proveedor se actualiza o planificar cómo importar Factusol a VeriFactu, o migrar desde otros programas como Sage 50 u Holded. Olvídate de seguir facturando con hojas de cálculo; el proceso para importar Excel a VeriFactu pasa por adoptar un programa que sí cumpla la ley.
En definitiva, necesitarás un software que cumpla con ambas normativas. Por un lado, que sea un sistema VeriFactu y, por otro, que pueda generar y enviar facturas electrónicas en formato estructurado para tus clientes B2B.
En Fakturia.es te lo ponemos fácil. Nuestro software de facturación está diseñado para cumplir tanto con la Ley Antifraude como con los requisitos de la factura electrónica B2B, garantizando una transición sencilla y sin sorpresas.