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Equipo Fakturia

Régimen Especial de Agencias de Viajes: Cómo se Declara el IVA Correctamente

Descubre cómo funciona el Régimen Especial de Agencias de Viajes (REAV), cómo calcular la base imponible del IVA sobre el margen de beneficio y prepárate para la llegada de VeriFactu en 2027.

Si tienes una agencia de viajes o eres un profesional del sector turístico que actúa como intermediario, es crucial que domines el Régimen Especial de Agencias de Viajes (REAV). Este régimen simplifica la liquidación del IVA, pero tiene particularidades que debes conocer para evitar errores con Hacienda. Como expertos fiscales, te explicamos cómo aplicarlo correctamente.

¿En qué consiste el Régimen Especial de Agencias de Viajes?

El REAV es un régimen obligatorio de IVA que se aplica a las agencias de viajes cuando actúan en nombre propio frente al cliente, pero utilizan bienes y servicios de terceros (como hoteles, aerolíneas o transportistas) para proporcionar el servicio completo. En lugar de aplicar el IVA sobre el precio total de venta, la tributación se calcula sobre el margen de beneficio de la agencia en cada operación.

Este régimen se aplica a las ventas a viajeros particulares. Si el cliente es otra empresa o profesional para su actividad, la agencia puede optar por aplicar el régimen general.

La clave: cálculo del IVA sobre el margen

La principal diferencia con el régimen general es el cálculo de la base imponible. En el REAV, no se desglosa el IVA soportado de las compras ni el repercutido en la venta final al cliente. El cálculo se realiza operación por operación de la siguiente manera:

1. Se calcula el margen bruto: Es la diferencia entre el precio total de venta (IVA incluido) que paga el cliente y el coste total de los servicios adquiridos a terceros (IVA incluido).

* *Margen Bruto = Precio de Venta (IVA incl.) - Coste de Servicios (IVA incl.)*

2. Se determina la base imponible: Para obtenerla, hay que dividir el margen bruto por 1,21 (si el tipo general de IVA es del 21%).

* *Base Imponible = Margen Bruto / 1,21*

3. Se calcula la cuota de IVA a ingresar: Se aplica el tipo general del 21% a la base imponible.

* *IVA a ingresar = Base Imponible * 0,21*

Este importe es el que se declarará en el modelo 303.

Facturación en el REAV y la llegada de VeriFactu

Una de las reglas más importantes es que en las facturas emitidas a clientes particulares bajo este régimen no se debe desglosar la cuota de IVA. La factura debe indicar el precio total y una mención como "IVA incluido" o "Régimen especial de agencias de viajes".

Con la digitalización fiscal, es fundamental estar preparado. El sistema de facturación verificable VeriFactu será obligatorio a partir del 1 de julio de 2027 para autónomos y micropymes. Esto implica que toda la facturación deberá realizarse con un software que cumpla los requisitos de la AEAT, garantizando la integridad de los registros. Para estar al día con los plazos y requisitos, es fundamental consultar la guía completa sobre VeriFactu 2027.

Si tu agencia combina la intermediación (REAV) con la venta de servicios propios (por ejemplo, una visita guiada con tu propio personal), deberás aplicar el régimen general para estos últimos, emitiendo facturas con el IVA desglosado. Gestionar esta dualidad requiere orden y, preferiblemente, un buen sistema de facturación. Contar con el mejor software VeriFactu para autónomos no solo garantizará el cumplimiento, sino que simplificará la gestión de regímenes complejos como este.

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