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Equipo Fakturia

IVA en servicios a clientes de la UE: Reglas B2B, B2C y VeriFactu

Descubre cómo facturar servicios a clientes de la Unión Europea con o sin IVA, los requisitos del ROI y cómo adaptarte a VeriFactu.

Prestar servicios a clientes de otros Estados miembros de la Unión Europea es habitual para muchos autónomos y pymes. Sin embargo, determinar si debes repercutir IVA, aplicar la inversión del sujeto pasivo o tributar mediante la ventanilla única (OSS) genera dudas recurrentes.

Servicios a empresas intracomunitarias (B2B): Inversión del sujeto pasivo

Cuando tu cliente es otra empresa o profesional establecido en la UE, la regla general de localización (artículo 69 de la Ley del IVA) establece que la operación tributa en el país de destino. Por tanto:

* Factura sin IVA español: Debes emitir la factura sin repercutir IVA, indicando la mención «Operación no sujeta por reglas de localización / Inversión del sujeto pasivo».

* Comprobación en el VIES: Es indispensable que ambos estéis dados de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) con un NIF-IVA válido. Si el cliente no figura en el censo VIES, deberás emitir la factura con el IVA español correspondiente.

* Obligaciones censales: Declararás estas operaciones en el modelo 303 y en el resumen informativo modelo 349.

Servicios a particulares europeos (B2C): Reglas y Ventanilla Única

Si tu cliente final es un particular residente en la UE, la norma general indica que el servicio tributa en origen (España), aplicando el tipo de IVA español correspondiente a tu actividad.

No obstante, para servicios prestados por vía electrónica (software, consultoría automatizada, cursos online grabados), rige el régimen de la Ventanilla Única (OSS):

1. Hasta un umbral conjunto de 10.000 € anuales en ventas intracomunitarias B2C, puedes tributar con el IVA español.

2. Al superar los 10.000 €, debes repercutir el tipo de IVA del país de residencia del consumidor y liquidarlo trimestralmente mediante el modelo 369.

El impacto de VeriFactu en la facturación internacional

Emitir facturas intracomunitarias no exime de cumplir con la normativa técnica de facturación. Los sistemas deben registrar de forma inalterable las claves de régimen especial del IVA y el NIF-IVA de la contraparte.

Conforme al calendario oficial, la obligatoriedad de VeriFactu entra en vigor el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y micropymes. Si quieres conocer el calendario detallado, consulta cuándo es obligatorio VeriFactu.

Muchos negocios están modernizando su operativa para evitar sanciones. Si necesitas conectar tu solución actual o migrar datos históricos, herramientas como una API VeriFactu o una pasarela VeriFactu para software facilitan la integración ERP VeriFactu. Esto simplifica enormemente importar Excel a VeriFactu, así como importar Factusol a VeriFactu, importar Sage 50 o importar Holded hacia entornos totalmente adaptados.

Para profundizar en los requisitos técnicos que te exigirá Hacienda, revisa nuestra guía VeriFactu para autónomos.

En Fakturia.es dispones de un software de facturación adaptado a VeriFactu y a la Ley Antifraude, preparado para emitir facturas intracomunitarias B2B y B2C con total seguridad jurídica.

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