Recibir una notificación de la Agencia Tributaria suele generar inquietud, pero la clave está en actuar con rapidez, orden y método. Un requerimiento no equivale automáticamente a una sanción ni implica un fraude; en la inmensa mayoría de los casos se trata de una solicitud de información para verificar deducciones del IRPF, justificar gastos de IVA o aclarar discrepancias entre modelos trimestrales.
1. Identifica el tipo de notificación y comprueba el plazo
El primer paso es acceder a la Sede Electrónica de la AEAT o a la Dirección Electrónica Habilitada única (DEhú) y descargar el documento completo con su CSV (Código Seguro de Verificación). Fíjate en el encabezado:
- Requerimiento de información o documentación: Hacienda te solicita facturas o justificantes específicos.
- Propuesta de liquidación provisional (paralela): La AEAT recalcula tu liquidación con los datos que posee y te propone un ajuste.
- Comunicación de inicio de comprobación o inspección: Un procedimiento formal más amplio sobre un ejercicio completo.
El plazo estándar para responder a un requerimiento de datos suele ser de 10 días hábiles (no computan sábados, domingos ni festivos nacionales) a contar desde el día siguiente a la notificación. No responder a tiempo se considera obstrucción a la labor inspectora y conlleva recargos y multas de la AEAT.
2. Reúne y coteja las pruebas documentales
Analiza con exactitud qué ejercicio, trimestre y conceptos te reclaman. Revisa:
1. Facturas completas: No sirven recibos bancarios aislados o tickets simples si dedujiste el gasto en IVA o IRPF.
2. Libros de registro de facturas emitidas y recibidas: Deben coincidir al céntimo con las casillas de tus modelos presentados.
3. Justificación del pago: Extractos bancarios que demuestren la correlación comercial de la operación.
Muchos requerimientos surgen por descuadres al gestionar la contabilidad en hojas de cálculo dispersas. Para prevenir estos incidentes, es conveniente realizar un autodiagnóstico de cumplimiento y estandarizar la facturación.
3. La trazabilidad fiscal y la era VeriFactu
Con la entrada en vigor de los nuevos sistemas digitales, la AEAT cruzará datos prácticamente en tiempo real. Cabe recordar que el calendario normativo establece la obligatoriedad del sistema VeriFactu el 1 de enero de 2027 para personas jurídicas (sociedades) y el 1 de julio de 2027 para autónomos y micropymes.
Para evitar incoherencias en tus declaraciones, cada vez es más habitual abandonar procesos manuales e importar Excel a VeriFactu o migrar desde software tradicional mediante opciones para importar Factusol a VeriFactu, importar Sage 50 o importar Holded. Del mismo modo, desarrolladores y empresas recurren a una API VeriFactu, a una pasarela VeriFactu para software o a una integración ERP VeriFactu para garantizar que cada registro encadenado e inalterable respalde las declaraciones sin fisuras frente a cualquier inspección.
4. Presenta tu respuesta por vía telemática
Accede al apartado «Contestar requerimientos» en la sede de la AEAT, introduce el número de expediente y redacta un escrito claro y conciso explicando cada punto solicitado. Adjunta los documentos en formato PDF bien nombrados y clasificados. Una vez enviado, guarda el resguardo oficial con el sello de registro telemático.
Si necesitas un software que mantenga tus registros blindados, ordene tus facturas y se adapte de forma nativa a la normativa antifraude y a VeriFactu, Fakturia.es te permite gestionar tu facturación con total tranquilidad frente a la Agencia Tributaria.